Importe antes de impuestos y retenciones.

Desglose de la Factura

Válido en España
Base Imponible:1.000,00 €
IVA Repercutido (21%):+ 210,00 €
Retención IRPF (15%):- 150,00 €
Total a Cobrar (Líquido):1.060,00 €
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¿Cómo funciona el cálculo de una factura de autónomo profesional en España?

Emitir una factura correctamente como autónomo en España requiere calcular tres componentes esenciales sobre la Base Imponible: el precio del trabajo realizado, el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) que se añade para recaudarlo en nombre de la Agencia Tributaria, y la retención de IRPF que se descuenta a cuenta de tu declaración de la renta.

Regla de Oro: Tanto el IVA como la retención de IRPF se calculan siempre sobre la Base Imponible de manera independiente. Nunca se debe calcular la retención de IRPF sobre el importe ya sumado con IVA.

Las Fórmulas Matemáticas de Facturación

1. Modo Directo (Calcular el total a cobrar a partir de la base)

Cuando pactas con un cliente el coste de tus servicios antes de impuestos:

  • IVA (€) = Base Imponible × (% IVA / 100)
  • IRPF (€) = Base Imponible × (% IRPF / 100)
  • Total a Cobrar = Base Imponible + IVA - IRPF

2. Modo Inverso (Despejar la base imponible a partir del total acordado)

Es muy común pactar con un cliente un importe cerrado a percibir en cuenta bancaria (por ejemplo, 1.500 € netos). Para emitir la factura legal correspondiente sin perder dinero, debes despejar la Base Imponible con esta fórmula algebraica:

Base Imponible = Total a Cobrar / (1 + (% IVA / 100) - (% IRPF / 100))

Ejemplos Prácticos Resueltos

Ejemplo 1: Autónomo veterano con tipo estándar (21% IVA y 15% IRPF)

Un diseñador gráfico factura un proyecto por 1.200,00 € de base imponible a una empresa:

  • Base imponible: 1.200,00 €
  • IVA (+21%): + 252,00 € (1.200 × 0,21)
  • IRPF (-15%): - 180,00 € (1.200 × 0,15)
  • Líquido a percibir: 1.272,00 € (1.200 + 252 - 180)

El cliente pagará 1.272,00 € al diseñador e ingresará los 180,00 € retenidos en Hacienda en el modelo 111 del trimestre.

Ejemplo 2: Nuevo autónomo con tarifa reducida de IRPF al 7%

Un consultor que inicia su actividad en su primer año pacta una base imponible de 2.000,00 €:

  • Base imponible: 2.000,00 €
  • IVA (+21%): + 420,00 € (2.000 × 0,21)
  • IRPF (-7%): - 140,00 € (2.000 × 0,07)
  • Líquido a percibir: 2.280,00 € (2.000 + 420 - 140)

Errores Frecuentes al Facturar y Cómo Evitarlos

  1. Aplicar retención a particulares: Si tu cliente no es una empresa ni un profesional autónomo en el IAE, no debes aplicar retención de IRPF. Los particulares no tienen obligación de presentar el modelo 111 ante Hacienda.
  2. Confundir fecha de devengo y fecha de emisión: El IVA debe declararse en el trimestre en que se presta el servicio, independientemente de cuándo lo cobre efectivamente tu cliente (salvo acogimiento al régimen especial de criterio de caja).
  3. No comunicar el tipo reducido del 7% por escrito: Si aplicas el 7% de IRPF por nuevo autónomo, la ley exige que comuniques por escrito a tu cliente que cumples los requisitos legales del artículo 95.1 del Reglamento del IRPF.

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